Acortan los plazos para aquellos bienes considerados suntuarios de 180 a 120 días desde el registro de ingreso aduanero, a partir de hoy 28/06/24:
i) Automotores terminados (subcapítulo 8703 de la NCM).
ii) Aquellos que correspondan a las NCM detalladas en el punto 12.1 del Texto Ordenado.

